Servicio específico de protección de datos para Servicios Financieros
Adaptación RGPD, LOPD-GDD y LSSICE para intermediarios financieros. Personalizada, sencilla y asequible
Máxima Tranquilidad
Cerca de 2.000 trabajos facturados cada año. No pueden estar todos equivocados
No te preocupes. Si lo deseas, puedes pagar el servicio después de realizar nuestro trabajo
Si lo prefieres, fracciona el pago hasta 10 meses. Sin intereses, ni bancos, ni gastos de ningún tipo
Ninguno de nuestros clientes ha sufrido una inspección (ni, claro está, una sanción)
Contamos con seguro de responsabilidad civil, para que responda si algo llegara a suceder
No te arriesgues, contrata a profesionales para cumplir la LOPD y el RGPD. Confían en nosotros muchos asesores financieros, y también clínicas, grupos hosteleros, franquicias, inmobiliarias, gestorías, empresas de marketing…
¿Qué incluye?
El RGPD y la LOPD-GDD son normativas de protección de datos personales, que obligan a todas las actividades que traten datos de personas (clientes, trabajadores, usuarios web, asociados…) a cumplir una serie de requisitos para que este tratamiento se realice de manera correcta y legal.
En el caso concreto de las empresas de intermediación financiera, cumplir con esta obligación es muy importante, debido al tratamiento de datos sensibles (perfil financiero, solvencia patrimonial…) que se está realizando. En ExpertosLOPD® estudiamos tu caso, realizamos la adaptación LOPD y RGPD de manera personalizada y te asesoramos de manera práctica y, sobre todo, comprensible.
Análisis de riesgos previo de la actividad (y, si procede, EIPD)
Registro de Tratamiento (antigua inscripción de ficheros)
Redacción de Documento de Seguridad
Cláusulas informativas para documentos, facturas, e-mail, imágenes, etc.
Contratos de acceso a datos, y de confidencialidad para trabajadores
Protocolo para el ejercicio de los derechos de interesados
Cumplimiento de obligaciones en caso de Videovigilancia
Aviso Legal, Política de Privacidad y de Cookies para web (LSSICE). También, condiciones de uso en caso de plataformas web (por ejemplo, para consultas online).
Obligaciones en entornos Cloud (hosting, Dropbox, Mailchimp…)
Certificado de cumplimiento y cartel informativo
Y, en general, todo lo necesario para cumplir con las normativas
1. ANÁLISIS
Analizamos tu tratamiento de datos y recabamos los necesarios para realizar nuestro trabajo
2. REDACCIÓN
Redactamos de manera minuciosa el Documento de Seguridad, contratos, cláusulas, textos web…
3. ENTREGA
Te entregamos la documentación, y te asesoramos personalmente sobre su cumplimiento práctico
4. SEGUIMIENTO
Seguimiento, asesoramiento y asistencia para que nunca te sancionen
En resumen
Documentación personalizada para TU empresa
Te acompañamos en TODO el proceso
Paga después de la entrega o, si lo prefieres, fracciona el pago hasta en 10 meses. Sin intereses, ni bancos
- Mejor relación calidad/precio del mercado
Confían en nosotros miles de empresas a nivel nacional
Sin mantenimientos obligatorios ni sorpresas
Doble seguro de RC y cyberataques
Preguntas Frecuentes
Casi la totalidad de las empresas, startups y asociaciones deben cumplir las normativas de protección de datos, ya que manejan datos personales de clientes, trabajadores, socios, usuarios web, etc. No importa si son muchos o pocos datos, si los datos son únicamente de contacto, desde qué lugar o cómo se traten: si existe algún tratamiento, existe la obligación, por ley.
En el caso concreto de los servicios de intermediación financiera, el cumplimiento de las normativas es aun más importante, debido al tratamiento habitual de datos considerados que pueden ser considerados como sensibles (perfil financiero, solvencia patrimonial…).
Los Delegados de Protección de Datos (DPD), como también las Evaluaciones de Impacto (EIPD), son figuras que nacen con el RGPD solo para determinados casos, que vienen tasados en la LOPD-GDD. En el artículo 34, literal j) de esta norma, se indica que deberán designar un DPD “Las entidades responsables de ficheros comunes para la evaluación de la solvencia patrimonial y crédito o de los ficheros comunes para la gestión y prevención del fraude, incluyendo a los responsables de los ficheros regulados por la legislación de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo”.
A su vez, la citada Ley de prevención del blanqueo de capitales (10/2010, de 28 de abril), en su artículo 2, indica que son sujetos obligados a esta Ley, entre otros, “las empresas de servicios de inversión” (2.c), “las personas dedicadas profesionalmente a la intermediación en la concesión de préstamos o créditos” (2.k) y otras entidades de similares características.
Dicho de otra forma, si nos ceñimos a este listado, parece que las empresas que ofrezcan servicios financieros deben contar con un DPD. Si tienes dudas, consúltanos.
Llevamos desde 2013 depurando nuestro sistema de trabajo para conseguir la mejor documentación y la mejor protección posible para nuestros clientes y colaboradores a un precio asequible. Pero, aunque sea asequible, incluye sencillamente TODO lo necesario para un correcto y completo cumplimiento del RGPD y la LOPD-GDD en tu negocio.
Además, por si nos equivocamos, contamos con seguro de RC específico de protección de datos y cyberataques, que cubrirá la sanción. De momento, no hemos tenido que dar ni un solo parte.
Las páginas web (incluyendo blogs, marketplaces, plataformas, aplicativos web…), además de la LOPD-GDD y el RGPD, deben cumplir también la LSSICE y, si hay pagos online (por ejemplo, si realizas consultas u operativa online), la “Ley de Defensa del Consumidor” (LGDCU).
Deben tener unos textos legales (por supuesto, adaptados a tu negocio): aviso legal, política de privacidad y de cookies, condiciones de uso y, si procede, de contratación. Pero deben también un aviso de cookies (y bloqueo si son analíticas), una primera capa informativa en los formularios, checks de aceptación, etc.
Nuestro servicio incluye la redacción de los textos, y el asesoramiento para una completa implementación de TODO lo necesario. Y, si no tienes informático/a de mano, la implementación podrá realizarla nuestro propio equipo técnico. Cero complicaciones.
El tiempo de análisis de riesgos y de redacción y entrega de la documentación depende de la dificultad del proyecto, pero en general suele ser inferior a 10 días, salvo en caso de grandes empresas que, por sus características, pueden requerir algo más de tiempo.
Además, disponemos de un servicio exprés opcional. Si lo contratas, te enviaremos la documentación en solo 24/48 horas.
Tras el proceso de redacción y la necesaria revisión por parte de nuestros/as asesores/as, pondremos la documentación a tu disposición en el área privada de nuestra web. Los documentos serán personalizados con los datos de tu empresa (no son modelos para que rellenes), independientes (cláusulas, contratos, textos web, etc.) y descargables desde cualquier lugar o dispositivo.
Dentro de nuestros planes de expansión se encuentra la posibilidad de realizar trabajos presenciales, en tu propio negocio, si bien es cierto que el COVID-19 ha dificultado esta posibilidad. En cualquier caso, sí, será posible una adaptación presencial en las provincias en las que tengamos presencia física.
Debes tener en cuenta que las adaptaciones presenciales no son necesarias como tal, y son sustancialmente más caras, debido a los desplazamientos del asesor/a, más tiempo dedicado al proyecto, etc.